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Los Libros Corporativos sirven para registrar el qué hacer de una empresa.
Son un sistema de control societario que la ley establece como obligatorio.
Son ideales para documentar las operaciones, decisiones y cambios de una persona moral.
De acuerdo con la Ley General de Sociedades Mercantiles (LGSM), el Código de Comercio
(CC) y los estatutos sociales, las sociedades anónimas deben contar, bajo el resguardo de la o el Administrador Único o de la o el Presidente del Consejo de Administración, con una serie
de documentos y libros corporativos fundamentales para su existencia y validez de sus actos.
De acuerdo con el Código Civil Federal y correlativos estatales (CCDF), el Código de Comercio (CC) y los estatutos sociales, las sociedades civiles deben contar, bajo el resguardo de la o el Socio Administrador o de la o el Presidente del Consejo de Socios, con una serie de documentos y libros corporativos fundamentales para su existencia y validez de sus actos.
· Cumplimiento de las obligaciones establecidas en la ley y estatutos.
· Evitar sanciones del SAT. El Código Fiscal establece la obligación de llevar registros.
· Certeza jurídica para los socios a través de un control adecuado de la sociedad.
· Representación legal y cumplimiento de requisitos corporativos ante terceros (instituciones bancarias, SAT, etc.).